Recursos Económicos para Individuos

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Seguro de Desempleo:

El Departamento de Empleo y Desarrollo del Estado de California creó un sitio con información sobre el Coronavirus 2019 (COVID-19), consulte aquí. Si quedó desempleado o se le redujeron sus horas porque ha contraído el coronavirus, o esté en cuarentena, o no puede trabajar porque está cuidando a un familiar enfermo o en cuarentena, puede ser elegible para un reclamo de seguro de desempleo (UI). Deberá presentar su reclamo la primera semana en que pierda su trabajo o cuando sus horas sean reducidas. Su reclamo comienza el domingo de la semana en que presentó su solicitud. Para obtener más información sobre cómo presentar su reclamo en línea, por teléfono o por fax o correo postal, consulte al reclamo de seguro de desempleo (UI).

Para aplicar, necesitará la siguiente información:

• La información de su último empleador, incluyendo el nombre de la empresa, el nombre del supervisor, la dirección (ubicación postal y física) y el número de teléfono.
• Su última fecha de trabajo y la razón por la que ya no está trabajando.
• Ingresos brutos de la última semana que trabajó, comenzando con el domingo y terminando con su último día de trabajo
• Información sobre todos los empleadores para los que trabajó durante los últimos 18 meses, incluyendo el nombre, la dirección (ubicación postal y física), las fechas de empleo, los salarios brutos ganados, las horas trabajadas por semana, la tasa de pago por hora y la razón por la que ya no está trabajando
• Aviso a los empleados federales sobre el seguro de desempleo, formulario estándar 8 (exempleados federales únicamente)
• Copia del miembro DD 214 4 (ex militar solamente)
• Estado de ciudadanía y, si no es ciudadano estadounidense, información de su documento de autorización de empleo.

Para obtener más información sobre cómo solicitar los beneficios de UI, consulte aquí.

La Ley CARES amplió el acceso a la cobertura del seguro de desempleo a muchos más estadounidenses de los que previamente habían sido elegibles. Consulte la tabla adjunta para obtener la información más actualizada.

Programa de Compensación por Desempleo de Emergencia Pandémica:

La Ley CARES amplió el acceso al seguro de desempleo a los trabajadores que antes no tenían acceso, incluyendo a los trabajadores de la economía y los contratistas independientes. El programa de compensación por desempleo de la emergencia pandémica brinda hasta 39 semanas de asistencia por desempleo a personas que trabajan por cuenta propia, contratistas independientes, empleados de la economía y personas que no pudieron comenzar un nuevo puesto/contrato debido a COVID-19. Más información está disponible haciendo clic aquí.

Asistencia de Ayuda por Desastre de California para Inmigrantes:

Haga clic aquí para leer sobre el programa de Asistencia de Ayuda por Desastre de California para Inmigrantes (DRAI) para ciertos adultos indocumentados. California está brindando esta asistencia de ayuda por desastre financiada por el estado por única vez a adultos indocumentados que no son elegibles para otras formas de asistencia (incluyendo asistencia bajo la Ley CARES y los beneficios de desempleo pandémico), debido a su estado migratorio. Un adulto indocumentado que califica puede recibir $500 en asistencia directa, con un máximo de $1,000 de asistencia por hogar.

Las personas elegibles que viven en el condado de Los Ángeles pueden aplicar de 9AM-5PM PST, lunes a viernes, a través de las siguientes organizaciones:

Coalición pro Derechos Humanos del Inmigrante (CHIRLA), teléfono 213-201-8700 y 213-395-9547
Centro Centroamericano de Recursos (CARECEN), teléfono 213-315-2659
Los Estadounidenses de Origen Asiático Avanzan la Justicia-LA, teléfono 213-241-8880

AVISO: Organizaciones proporcionando DRAI están recibiendo muchas llamadas y tráfico en línea. Si no puede hablar con alguien de inmediato, por favor tenga paciencia y trate de nuevo después.

Fondos para Residentes Despedidos del Sudeste de Los Ángeles:

Si usted es residente de la región sureste de Los Ángeles y ha sido despedido debido a COVID-19 y tiene dificultades para pagar sus facturas, el Centro de Empleo de California del Condado de Los Ángeles ofrece un suministro limitado de fondos para ayudarlo a pagar artículos de necesidad. El Fondo de Resiliencia Laboral, para ayudar a las personas indocumentadas, ofrece hasta $800 en fondos. El programa Keep LA Working ofrece hasta $1,800 para personas que tienen ciudadanía. Para obtener más información, llame al (323) 586-4725 o envíe un correo electrónico a info@hubcities.org.

Asistencia de Pago de Billes de Servicios Públicos:


Si se ve afectado por el COVID-19, Southern California Edison ofrece recursos para ayudar a los clientes hacer pagos a tiempo, incluyendo el programa Fondo de Asistencia Energética, que puede proporcionarle una subvención de una sola vez por un monte de pago de electricidad que no exceda $200 ($300 para todas las cuentas de electricidad). Lea más aquí.

Si tiene dificultades para pagar su factura de gas natural, el Fondo de Asistencia de Gas de SoCalGas puede proporcionarle a usted, o a alguien que conozca, una subvención de una sola vez por un monte de pago de gas, que no exceda $200. Haga clic aquí para leer cómo calificar y aplicar.

Beneficios de EBT Pandémicos:

Debido a COVID-19, los niños que son elegibles para recibir comida gratis ode precio reducido en la escuela recibirán beneficios de alimentos adicionales conocidos como  beneficios de EBT pandémico (P-EBT). Estos beneficios ayudarán a las familias de California a comprar alimentos mientras las escuelas cierren debido al coronavirus. Las familias recibirán hasta $365 por niño elegible en su tarjeta P-EBT para usar en alimentos y comestibles. Las familias con niños que reciben los beneficios de CalFresh, Medi-Cal o Foster Care no necesitan solicitarla; la mayoría recibirá su tarjeta P-EBT por correo en mayo del 2020. Las familias con niños elegibles para recibir comidas gratis o de precio reducido y que no reciban su tarjeta P-EBT por correo debian presentar una solicitud en línea en https://ca.p-ebt.org/es antes del 15 de julio de 2020.  Para más información, haga clic aquí.

Beneficios por incapacidad o licencia familiar pagada de California:

Si no puede trabajar debido a contraído o ha sido expuesto a COVID-19 y tiene la documentación necesaria médica de respaldo, le recomendamos que presente un reclamo de Seguro de Incapacidad (DI), que le proporcionaría un pago de beneficios a corto plazo a trabajadores elegibles que tienen una pérdida total o parcial de salario debido a una enfermedad, lesión o embarazo no relacionados con el trabajo.

El 12 de marzo de 2020, el Gobernador Newsom emitió una orden ejecutiva que cede el período de espera de una semana sin paga, para que pueda cobrar los beneficios de DI durante la primera semana que esté sin trabajo. Si es elegible, el EDD procesará y emitirá pagos dentro de unas semanas después de recibir un reclamo. Para más información, haga clic aquí.

Reembolsos de Primas de Seguro de Auto:

El comisionado de seguros de California, Ricardo Lara, ordenando a las compañías de seguros que devuelvan primas de seguro parciales a consumidores y empresas. Las primas cubiertas fueron para los meses de marzo, abril y mayo del 2020 para todos los titulares de pólizas de California afectados negativamente en las siguientes líneas de seguro:

• Seguro de automóvil privado para pasajeros
• Seguro de automóvil comercial
• Seguro de compensación de trabajadores
• Seguro comercial de riesgos múltiples
• Seguro de responsabilidad comercial
• Seguro de negligencia médica
• Cualquier otra línea de seguro donde el riesgo de pérdida ha disminuido sustancialmente como resultado de la pandemia

Las compañías de seguros tuvieron hasta el 11 de agosto de 2020 para cumplir con el pedido.

El comisionado solicitó a las compañías de seguros que trabajen con sus titulares de pólizas, quienes pueden tener dificultades financieras para permitirles un período de gracia hasta el 14 de julio de 2020 para pagar sus primas. Después del 14 de julio, el comisionado aliento a los aseguradores a trabajar con sus asegurados individuales que han sido impactados por COVID-19 y aún no pueden pagar sus primas a tiempo.

Seguro Social:

Todas las oficinas locales del Seguro Social están cerradas para servicios en persona. Si no puede llevar a cabo su negocio con el Seguro Social en línea, consulte el localizador de oficina de campo para obtener información específica sobre cómo comunicarse directamente con su oficina local. Mientras su oficina local del Seguro Social no podrá atenderlo en persona, aún podrá ofrecerle asistencia crítica, incluyendo ayuda para solicitar beneficios, responder sus preguntas y proporcionar otros servicios por teléfono.

Fecha límite para presentar declaración de impuestos:

El Secretario del Tesoro extendió la fecha límite para presentación de impuestos y pagos hasta el 15 de julio del 2020. Los contribuyentes y las empresas tenian hasta esa fecha para presentar y realizar los pagos necesarios sin multas ni intereses. Además, la fecha límite de impuestos estatales de California fueron pospuesto hasta el 15 de julio del 2020.

Cuidado de niños para Trabajadores Esenciales:

Los californianos que trabajan en sectores esenciales durante la respuesta al coronavirus (COVID-19) necesitan opciones de cuidado infantil seguras, confiables y accesibles. MyChildCare.ca.gov proporciona un mapa interactivo de proveedores calificados de cuidado infantil con licencia cerca de usted. La herramienta está disponible en inglés y español. 

El condado de Los Ángeles asignó $15 millones en fondos de la Ley CARES para vales de cuidado infantil para ayudar a trabajadores esenciales y familias de bajos ingresos. Los vales estarán disponibles hasta el 30 de diciembre de 2020. Para aplicar, visite: ccala.net o llame al (888) 922-CHILD (888-922-4453)

Moratoria de desalojo:

El 30 de junio de 2020, el Gobernador Newsom emitió una orden ejecutiva que extiende la autorización hasta el 30 de septiembre de 2020 para que los gobiernos locales detengan los desalojos de inquilinos afectados por la pandemia COVID-19.

El Procurador General de California. fiscal general de California, Xavier Becerra, aprobó este formulario para el uso opcional de los inquilinos afectados por la pandemia de coronavirus (COVID-19) para notificar a sus propietarios sobre su incapacidad de pagar el alquiler. Este formulario está diseñado para preservar los derechos bajo la orden estatal del gobernador. Las medidas locales donde vive pueden brindar una mayor protección; debe investigar cuidadosamente las reglas locales aplicables.

Hasta el 31 de agosto, el Condado de LA ofrecerá alivio de renta a inquilinos de bajos ingresos que hayan tenido problemas para pagar su renta debido a la pandemia y que viven en el Condado de LA pero no en la Ciudad de LA. Para obtener información, visite http://211la.org/lacounty/rentrelief o llame al 211.

La Junta de Supervisores del Condado de Los Ángeles ha emitido una orden ejecutiva que extiende la congelación y la moratoria temporal existente en los desalojos esta extendida respuesta a la emergencia de salud coronavirus / COVID-19. La moratoria de desalojo temporal hasta el 30 de septiembre de 2020, cubre a todos los inquilinos residenciales y comerciales en el condado de Los Ángeles, excepto aquellos que viven o realizan negocios en ciudades que ya han promulgado su propia moratoria de desalojo. La moratoria incluye la prohibición de los desalojos por falta de pago de la renta, si el inquilino puede demostrar que se ha visto afectado financieramente por la emergencia de salud. La orden también extiende la congelación temporal de alquiler en las áreas no incorporadas del condado de Los Ángeles. Esto significa que los propietarios no pueden aumentar la renta de unidades de alquiler o espacios cubiertos por las ordenanzas de Estabilización de Renta y Estabilización de Renta de Casas Móviles del Condado de Los Ángeles. Para obtener información sobre las actuales congelaciones temporales de alquileres y la moratoria de desalojo en el Condado de Los Ángeles, consulte este sitio y este.

El programa de ayuda para el alquiler del condado de Los Ángeles está disponible para propietarios con unidades de alquiler ubicadas dentro de las áreas no incorporadas del primer y segundo distrito de supervisión. Se alienta a los propietarios interesados que presenten su solicitud por correo electrónico a rentrelief@lacda.org o por teléfono al (626) 943-3800.

La emergencia de salud de COVID-19, comprensiblemente, ha dejado a inquilinos y propietarios con preguntas. El Condado de Los Ángeles quiere ayudar a resolver sus inquietudes o preguntas sobre las normas aplicables a su situación. Para obtener más información sobre la moratoria de desalojo, la congelación de alquileres o los recursos disponibles para inquilinos y propietarios, puede comunicarse con el Condado de Los Ángeles: 

• En línea: covid19.lacounty.gov
• Correo electrónico: rent@dcba.lacounty.gov
• Teléfono: (833) 223-RENT (7368)

El Centro de Ayuda por Desastre del Condado de Los Ángeles proporciona información sobre recursos para empresas, trabajadores, organizaciones no lucrativas, inquilinos y propietarios. Puede visitar su sitio de web en lacountyhelpcenter.org, o llamarlos al (833) 238-4450 de lunes a viernes de 8:30 a.m. a 5:30 p.m. y los sábados de 10 a.m. a 3 p.m.

El alcalde Garcetti emitió una moratoria sobre los desalojos por falta de pago del alquiler para los inquilinos que no pueden pagar el alquiler debido a circunstancias relacionadas con la pandemia de COVID-19. El 30 de marzo, el Alcalde detuvo los aumentos de renta en las unidades que están sujetas a la Ordenanza de Estabilización de Renta (RSO) de la Ciudad. A partir del 31 de marzo de 2020, la Ordenanza No. 20-0147-S19 amplía las protecciones para los inquilinos durante la emergencia local en respuesta a COVID-19. Juntas, estas acciones están diseñadas para evitar el desplazamiento innecesario de viviendas y para evitar que las personas alojadas caigan en la falta de vivienda. Para más información, haga clic aquí.

Los inquilinos que reciben un aviso de desalojo o demanda y necesitan orientación legal deben comunicarse con su organización local de asistencia legal, que pueden encontrar haciendo clic aquí.

También puede leer esta hoja informativa de la Ciudad de Los Ángeles en inglés y español.

Políticas de desalojo:

Para obtener información sobre las políticas de desalojo estatales, del condado y locales u otras noticias sobre viviendas, haga clic aquí.

Otros Recursos:

La ciudad de los angeles tiene un nuevo programa llamado "L.A. Connected” que está ayudando a los angelinos que han sido más afectados por COVID-19 a acceder alivio financiero vital. El esfuerzo de la Ciudad conectará a las familias con dificultades con fuentes críticas de seguridad económica durante la pandemia, incluyendo los Pagos de Impacto Económico, el seguro de desempleo, los créditos fiscales sobre la renta y recursos bancarios. Visite https://corona-virus.la/LAConnected para obtener más información.

El Centro de Ayuda por Desastre del Condado de Los Ángeles proporciona información sobre recursos para empresas, trabajadores, organizaciones no lucrativas, inquilinos y propietarios. Puede visitar su sitio de web en lacountyhelpcenter.org, o llamarlos al (833) 238-4450 de lunes a viernes de 8:30 a.m. a 5:30 p.m. y los sábados de 10 a.m. a 3 p.m.

La iniciativa de Representación de Los Ángeles de la Ciudad de Los Ángeles está proporcionando servicios legales gratuitos a los residentes de Los Ángeles que enfrentan dificultades causadas por la pandemia de COVID-19, incluyendo inquilinos vulnerables, así como personas de bajos ingresos con problemas de empleo, deudas de consumidores y bancarrota.

El Comité de Empleo, Desarrollo Económico y Economía de la Asamblea del Estado de California ha creado esta página web para ayudar a las pequeñas empresas, empresarios, trabajadores y profesionales de desarrollo económico y laboral a responder a los desafíos de COVID-19.