Los Veteranos

La Congresista Lowey se enorgullece de ofrecer asistencia a los veteranos y sus familias en el Distrito 18. Esta página ofrece información general y respuestas a preguntas frecuentes acerca de la obtención de los archivos militares y medallas, y que reciben servicios de los veteranos y los beneficios federales. Si usted tiene preguntas o necesita asistencia adicional, póngase en contacto con la oficina de la Congresista al 914-428-1707 o 845-639-3485.

Archivos Militares y Medallas
¿Cómo puedo obtener una copia de mis registros militar?
Los Archivos Nacionales y Administración de Registros (NARA) es el depositario oficial de los registros de los militares que han sido descargados de las Fuerzas Armadas de los EE.UU. Las copias en papel del servicio militar y los registros de pensiones se pueden pedir por correo de la instalación que contiene los registros. La mayoría de los registros se pueden encontrar a través del Centro Nacional de Registros Personales en St. Louis, Missouri, y la información sobre el proceso se puede encontrar en www.archives.gov/st-louis/military-personnel/standard-form-180.html. Para obtener una copia de su registro completo o Informe de Separación (DD-214), puede hacer lo siguiente:
  • Descargue el formulario estándar de 180 en el sitio Web de NARA - www.archives.gov;
  • Contacte a NARA por fax al (301) 837-0990 y pida el número de solicitud del documento 2255 (Formulario 180), o
  • Envíe su solicitud en una carta a la dirección siguiente e incluya el nombre utilizado en el acto de servicio, número de servicio o número de Seguro Social, rama de servicio, y las fechas de servicio:
National Personnel Records Center Military Personnel Records
9700 Page Avenue
St. Louis, MO 63132-5100
 
Si usted está teniendo problemas para obtener su registro incluso después de seguir uno de estos pasos, puede comunicarse con la oficina de la Representante Lowey para obtener ayuda. Por favor, envíe su solicitud por escrito, junto con su nombre completo, dirección, números de teléfono durante el día, fecha de nacimiento y número de Seguro Social junto con el formulario de privacidad aquí.

Si la petición es en nombre de un familiar que ha fallecido, la oficina necesitará la autorización por escrito de los familiares con el fin de encontrar información. Si el veterano o familiar más cercano no es capaz de dar permiso por escrito, una copia de la carta de un juez será necesaria.

¿Cómo puedo reemplazar registros militares?
Si los documentos de licenciamiento o separación se pierden, las copias duplicadas se pueden obtener poniéndose en contacto con el Centro Nacional de Registros Personales, Registros de Personal Militar, 9700 Page Blvd., St. Louis, MO 63132-51000. Se debe especificar si la separación duplicado o documento de licenciamiento es necesario. El nombre completo del veterano debe ser impreso o mecanografiado para que se pueda leer con claridad, y la solicitud debe contener también la firma del pariente si el veterano ha fallecido. Recuerde que debe incluir la rama del militar, número de servicio o número de Seguro Social, y las fechas exactas o aproximadas de los años de servicio.

Si usted está teniendo problemas para obtener sus registros, incluso después de seguir estos pasos, usted puede comunicarse con la oficina de la Representante Lowey a solicitar ayuda. Por favor, envíe su solicitud por escrito, junto con su nombre completo, dirección, números de teléfono durante el día, fecha de nacimiento y número de Seguro Social junto con el formulario de privacidad que se puede descargar aquí.

Si la petición es en nombre de un familiar que ha fallecido, la oficina necesitará la autorización por escrito de los familiares con el fin de encontrar información. Si el veterano o familiar más cercano no es capaz de dar permiso por escrito, una copia de la carta de un juez será necesaria.

Yo califico para una Estrella de Bronce. ¿Puede la Congresista ayudarme en la obtención de la medalla?
Si usted es un veterano de la Segunda Guerra Mundial quien fue descargado con honor, que ganó un Combat Infantry Badge o Combat Medic Badge durante la guerra, se le autoriza una Estrella de Bronce por servicio meritorio. Usted debe solicitar que su registro sea modificado y ser premiado con la medalla, los pedidos, y el certificado.

Para solicitar la Medalla Estrella de Bronce, como un premio de conversión sobre la base de la CIB o CMB, debe tener sus documentos de descarga que indique la concesión de la CIB o CMB, o una copia de las órdenes generales anunciando el premio. Por favor, envíe su solicitud por escrito a la oficina de la Congresista e incluya su nombre, grado y número de serie. Por favor, adjuntar pruebas documentales de la Combat Infantryman Badge o Combat Medic Badge. Usted puede enviar el Formulario de Orden DD 214 o General Order como prueba.

Si tiene preguntas adicionales, por favor llama a la oficina de la Representante Lowey al 914-428-1707 o 845-639-3485.

La Junta de Apelaciones de Veteranos (BVA)
La Junta de Apelaciones de Veteranos (BVA), una división del Departamento de Asuntos de Veteranos, revisa las decisiones críticas sobre los beneficios afirmados hechas por las oficinas de VA local y emite decisiones sobre las apelaciones. Solicitar la revisión de una determinación de VA para una reclamación de beneficios puede ser presentada por cualquier persona que haya recibido una determinación de una oficina local de la VA. Para más información sobre el proceso, visite http://www.va.gov/vbs/bva/.

¿Cuándo puede una apelación?
Usted puede presentar una apelación a partir de un año de la fecha en la cual la oficina local del VA le manda la decisión sobre su reclamación. Después de un año, la determinación local de la VA se considera definitiva y no puede ser apelada, a menos que se trata de un error de forma clara e inequívoca por el VA.

¿Qué puedo apelar?
Usted puede apelar cualquier determinación hecha por una oficina local de la VA en un reclamo para los beneficios. Por ejemplo, usted puede apelar la negación total o parcial de su reclamo, o el nivel de beneficio otorgado. Algunas determinaciones por los servicios médicos del VA, tales como la elegibilidad para recibir tratamiento médico, también pueden ser apeladas. Las decisiones relativas a la necesidad de atención médica o el tipo de tratamiento médico necesario no pueden ser apeladas.
 
¿Cómo presento una apelación?
Para presentar una apelación, debe seguir las instrucciones que acompañan su decisión documentada. Comienza escribiendo una carta, conocida como la Nota de Desacuerdo (NOD), a la misma oficina local del VA que emitió la decisión, afirmando que no está de acuerdo con la determinación de las solicitudes a la oficina de VA y que quiere apelar.

¿Cuánto dura el proceso de apelación?
Desafortunadamente, es difícil estimar cuánto tiempo tomará el proceso.
 
La Administración de Salud de Veteranos (VHA)
La Administración de Salud de Veteranos (VHA), una división del Departamento de Asuntos de los Veteranos, ofrece una variedad de servicios médicos, quirúrgicos y de rehabilitación para los veteranos y otros. En octubre del 1996, el Congreso aprobó una ley llamada Veterans' Health Care Eligibility Reform Act of 1996 (PL 104-262). Esta legislación dio lugar a la creación de un paquete de beneficios médicos, que está disponible para todos los veteranos inscritos. Al igual que la mayoría de los planes de atención médica estándar, el paquete de beneficios médicos da énfasis a la atención preventiva y primaria, que ofrece una gama completa de servicios ambulatorios y de hospitalización. Para más información, visite el sitio web del Departamento de Veteranos de Asuntos al www.va.gov/health/default.asp.

¿Cómo puedo recibir los beneficios del paquete de beneficios médicos?
Para recibir la cobertura de atención médica en el paquete de beneficios médicos, la mayoría de los veteranos deben estar inscritos. Una vez inscrito, usted es elegible para recibir servicios en las instalaciones de VA en todo el país. Usted puede utilizar estos servicios, incluso si usted tiene Medicare, Medicaid, TRICARE, o la cobertura de seguro de salud privado. Cuando viaje, usted puede obtener atención médica en cualquier centro de salud de VA sin volver a inscribirse.

¿Cómo puedo solicitar la inscripción?
Para solicitar, usted debe llenar el Formulario 10-10EZ. El 10-10EZ puede obtenerse visitando, llamando o escribiendo a cualquier centro de salud o en la oficina VA de beneficios por veteranos. También puede llamar al número gratuito 1-877-222-8387, o acceder al formulario por Internet al www.va.gov/1010ez.htm. Información adicional sobre la inscripción, incluyendo los formularios de inscripción y las aplicaciones, se puede encontrar en www.va.gov/elig/. Usted puede solicitar la inscripción en cualquier momento.

¿Que veteranos no tienen que inscribirse para recibir beneficios para la salud?
Usted no está obligado a inscribirse si una de las siguientes condiciones aplica:
  1. Usted tiene una discapacidad relacionada con el servicio de 50% o más;
  2. Usted quiere que el cuidado de una discapacidad que los militares determinó incurrida o agravada en el cumplimiento del deber, pero que el VA ha calificado, durante el período de 12 meses después del descargue, o
  3. Usted sólo quiere la atención de una discapacidad relacionada con el servicio. Mientras que la inscripción no es necesaria para los individuos en estas categorías, la Administración de Veteranos le sugiere a inscribirse para ayudar a una mejor asignación de recursos para satisfacer la alta demanda de servicios de VA.
¿Hay beneficios especiales para veteranos que fueron descargados recientemente?
Sí, los veteranos que fueron descargados recientemente que sirvieron en lugares de combate puede recibir cuidado médico para enfermedades potencialmente relacionadas con su servicio por dos años después de su separación del servicio. Los veteranos deben comunicarse con el Coordinador de Inscripción en el centro de atención más cercano de salud de VA para más información.

¿Es cierto que el VA ya no acepta nuevos ingresos mayores de los veteranos para inscripción?
Sí, un veterano que aplica para la inscripción a partir del 17 de enero 2003, y se asigna a Grupo de Prioridad 8, no se aceptará su aplicación. Virtud de la decisión de la VA, los veteranos del Grupo de Prioridad 8 ya está inscrito en el sistema de salud de VA puede continuar recibiendo atención médica.

¿Cuales Veteranos se conforman al Grupo de Prioridad 8?
Los veteranos en el Grupo de Prioridad 8 no tienen ninguna discapacidad compensable relacionada con el servicio o cualquier otra condición haciéndolos elegibles para una asignación de prioridad del grupo superior. También tienen ingresos que superan $24,644 en 2003 para un veterano individuo y $29,576 para un veterano con una persona dependiente, así como los ingresos que exceden los de base geográfica de bajos ingresos umbral establecido por el Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano (HUD) para los beneficios públicos de vivienda.

¿Qué puedo hacer si no puedo pagar los co-pagos del VA?
Usted tiene dos opciones:
  • La primera opción es solicitar una exención del pago de su deuda actual. Si usted solicita una excepción, debe presentar pruebas suficientes de que no puede permitirse el lujo de hacer el pago de VA. Este proceso podría tomar varios meses, por favor póngase en contacto con el Coordinador de Ingresos en el centro de salud de VA, donde recibe atención.
  • La segunda opción es solicitar una determinación de las dificultades para evitar deudas futuras. Usted tendrá que presentar la información financiera específica acerca de sus ingresos del año en curso. La decisión se hará con base en la información proporcionada.
Compensación y Servicios de Pensiones
El Servicio de Compensación y Pensiones es una división del Departamento de Asuntos de Veteranos, que administra una variedad de beneficios y servicios para los veteranos, sus dependientes y sobrevivientes, incluyendo pero no limitado a, relacionada con el servicio de compensación (compensación por incapacidad), no relacionada con el servicio de pensiones (pensión de invalidez), y Compensación por Dependencia e Indemnización (DIC). Información sobre estos servicios se puede encontrar en la web en www.vba.va.gov.

¿Qué es la indemnización por discapacidad del VA?
Compensación de la discapacidad es un beneficio que se paga a un veterano a causa de lesiones o enfermedades que sucedió durante el servicio activo, o se agrava por el servicio militar activo. También se paga a los veteranos con discapacidad de ciertos cuidados de salud de VA. Los beneficios son libres de impuestos.

¿Quién es elegible para la compensación por discapacidad?
Usted puede ser elegible para la compensación por discapacidad, si usted tiene una discapacidad relacionada con el servicio y que fueron descargados en condiciones honorables. ¿Qué es una pensión por discapacidad del VA? La pensión de invalidez es un beneficio que se paga a los veteranos de guerra con ingresos limitados que ya no están en condiciones de trabajar.

¿Quién es elegible para las pensiones por incapacidad?
Usted puede ser elegible si se aplica lo siguiente:
  1. Que fueron descargados del servicio bajo condiciones honorables y
  2. Que sirvió 90 días o más de servicio activo con al menos un día durante un período de guerra. Sin embargo, una ley federal (38 CFR 3.12a) requiere que cualquier persona que se inscribe después de 07/09/80 generalmente tiene que servir por lo menos 24 meses o el período para el que fue llamado a una persona o al servicio activo con el fin de recibir beneficios sobre la base de ese período de servicio. Con el advenimiento de la Guerra del Golfo en 8.2.90 (que no ha terminado formalmente), los miembros del servicio ahora sirven durante un período de tiempo de guerra. Por lo general, tiene que servir 24 meses para tener derecho a pensión o de cualquier otro beneficio. Una vez más, tenga en cuenta las exclusiones en 38 CFR 3.12 (d), y
  3. Que tienen alguna discapacidad que le impiden trabajar de forma regular, trabajo a tiempo completo, y
  4. Su ingreso familiar está por debajo de un límite anual establecido por la ley.
¿Cómo puedo solicitar la indemnización por discapacidad y pensión por discapacidad?
Usted puede aplicar completando el Formulario 21-526 de VA, Aplicación de los Veteranos de Indemnización o Pensión. Si es posible, adjuntar copias de los registros de dependencia (certificados de matrimonio y nacimiento de los hijos) y la evidencia médica actual (médico y hospital). También se puede aplicar por Internet a través del sitio web de VA en vabenefits.vba.va.gov/vonapp.

¿Qué es la Dependencia e Indemnización Indemnización (DIC)?
DIC es un beneficio mensual pagado a sobrevivientes elegibles por uno de los siguientes:
  1. Un miembro del servicio militar que murieron en servicio activo;
  2. Un veterano cuya muerte resultó de una lesión relacionada con el servicio o enfermedad, o
  3. Un veterano cuya muerte resultó de una lesión no relacionada con el servicio o la enfermedad, y que estaba recibiendo, o tenía derecho a recibir, compensación de VA por discapacidad relacionada con el servicio que fue calificado como "discapacidad total", por lo menos 10 años inmediatamente anteriores a la muerte o desde el lanzamiento del veterano del servicio activo y por lo menos cinco años inmediatamente anteriores al fallecimiento o por lo menos un año antes de la muerte si el veterano era un antiguo prisionero de guerra que murió después de septiembre 30 de 1999.
¿Quiénes son sobrevivientes elegibles para CID?
El cónyuge sobreviviente es elegible si él o ella, es uno de los siguientes:
  1. Válidamente casada con el veterano antes de Enero 1, 1957;
  2. Válidamente casada con un miembro del servicio que murieron en servicio activo;
  3. Válidamente casada con el veterano dentro 15 años del descargo de servicio militar en cuya la enfermedad o lesión que causó la muerte del veterano comenzó o se agravó;
  4. Válidamente casada con el veterano de por lo menos un año;
  5. Tuvo un hijo con el veterano continuamente y cohabitó con el veterano hasta la muerte del veterano o, si se separan, no tuvo la culpa de la separación, y no se volvió a casar.
El hijo sobreviviente es elegible si él o ella es uno de los siguientes:
  1. Solteros y menores de 18 años de edad, o entre las edades de 18 y 23, y asisten a la escuela, o
  2. Ciertos hijos adultos desamparados
¿Qué es DIC para los padres?
DIC para los padres es un beneficio mensual basada en los ingresos para el padre o padres de un miembro del servicio militar o veterano que murió de una de las siguientes:
  1. Una enfermedad o lesión incurrida o agravada durante el servicio activo o servicio activo para entrenamiento;
  2. Una lesión incurrida o agravada en el cumplimiento de su deber durante el servicio inactivo para la formación, o
  3. Una discapacidad relacionada con el servicio.
¿Cuales son los requisitos para los padres?
El término "padre" incluye adoptivos, biológicos, y los padres de crianza. Un padre de crianza es una persona que estaba en la relación de padre para el veterano de por lo menos un año antes de la última entrada del veterano en servicio activo.
 
¿Cómo puedo solicitar los beneficios de la CID?
Usted puede aplicar completando el Formulario VA 21-534 (Solicitud de Compensación de Dependencia e Indemnización, Pensión por Fallecimiento y los Beneficios Acumulados por un Cónyuge Sobreviviente o Hijo), y presentarlo a la oficina regional de VA que sirve a su área.

Entierro y el Monumento a los Beneficios
Muchos veteranos son elegibles para una serie de beneficios y honores a su muerte. El Departamento de Defensa ofrece los honores militares fúnebres incluyendo la presentación de la bandera de los Estados Unidos para veteranos elegibles. Los veteranos también pueden calificar para obtener ayuda con los gastos funerarios o tumbas en cementerios de la nación. A continuación encontrará información sobre estos beneficios. Si a usted le gusta hacer arreglos por adelantado o acuerdos sobre la muerte de un ser querido, visite www.cem.va.gov o llame al 1-800-827-1000.

¿Qué beneficios de entierro y monumento existen?
Para los entierros en un cementerio nacional, los beneficios disponibles se incluyen una sepultura en cualquiera de los 125 cementerios nacionales del VA con espacio disponible, de apertura y cierre de la tumba, el cuidado a perpetuidad, una lápida o un marcador del Gobierno, una bandera de entierro, y un Certificado Presidencial Conmemorativo, sin costo alguno para la familia.
 
Beneficios de entierro para los veteranos enterrados en un cementerio privado incluyen una lápida o marcador del Gobierno, una bandera de entierro, y un Certificado Presidencial Conmemorativo, sin costo alguno para la familia.

¿Son los beneficios sólo para los veteranos?
No, si el entierro es en un cementerio del VA. Beneficios de entierro para los cónyuges y dependientes enterrados en un cementerio nacional incluyen el entierro con el veterano, el cuidado perpetuo, y el cónyuge o el nombre de su cargo y fecha de nacimiento y muerte se inscribirán en la lápida del veterano, sin costo alguno para la familia. No hay beneficios disponibles para los cónyuges y dependientes enterrados en un cementerio privado.
 
¿Cómo se solicita?
Usted puede aplicar completando el Formulario 21-530 VA, Solicitud de Beneficios de Entierro. Usted debe adjuntar prueba de servicio militar del veterano (DD 214), un certificado de defunción y copias de facturas de entierro y funeral que usted ha pagado.
 
¿Puedo recibir un reembolso por gastos de entierro y funeral?
Usted puede ser elegible para un permiso de entierro VA si:
  • Usted pagó el entierro de un veterano o un funeral;
  • Que no han sido reembolsados por otra agencia del gobierno o alguna otra fuente, tal como el empleador del veterano fallecido, y
  • El veterano fue descargado en condiciones que no sean deshonrosas.
Además, al menos una de las siguientes condiciones se debe cumplir:
  • El veterano falleció debido a una discapacidad relacionada con el servicio;
  • El veterano estaba recibiendo pensión del VA o compensación en el momento de la muerte;
  • El veterano tenía derecho a recibir pensión del VA o compensación, pero decidió no reducir su retiro militar o incapacidad de pago; o
  • El veterano falleció en un hospital de veteranos, en un hogar de ancianos bajo contrato de VA, o al mismo tiempo en un hogar de ancianos aprobado por el estado.
Para mas información, por favor llame al 1-800-827-1000.
 
¿Quién es elegible para recibir honores militares en un funeral?
  • Los militares en servicio activo o en la Reserva Selecta.
  • Los miembros de ex militares que sirvieron en el servicio activo y se fueron en condiciones que no sean deshonrosas.
  • Ex militares que completaron al menos un plazo de alistamiento o período de servicio inicial de la obligación en la Reserva Selecta y se fueron en condiciones que no sean deshonrosas.
  • Ex militares descargados de la Reserva Selecta, debido a una discapacidad incurrida o agravada en el cumplimiento del deber.
Tenga en cuenta que los honores son proporcionados por el Departamento de Defensa, no el VA. Para más información, visite www.militaryfuneralhonors.osd.mil.
 
¿Cómo puedo encontrar la tumba de un veterano?
Si el veterano es enterrado en un cementerio nacional, la tumba se puede encontrar en gravelocator.cem.va.gov.